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Preguntas frecuentes sobre trámites y tasas

¿Qué es la tasa de RSU?

Es la tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas e inmuebles, alojamientos y locales o establecimientos donde se ejercen o puedan ejercer actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios.

¿Es obligatorio el pago de la tasa de RSU?

Sí, estos servicios son de recepción obligatoria para todos los inmuebles situados en los municipios que estén acogidos a la prestación de los mismos por PROMEDIO.

¿Existe algún tipo de exención del pago de la tasa?

No, en ningún caso. Al tratarse de una tasa, la Ley de Haciendas Locales no permite que se apliquen bonificaciones ni exenciones.

¿Qué se incluye en el servicio de RSU?

La Recogida y Transporte de RSU de:
Residuos orgánico / restos (contenedor verde).
Envases ligeros (contenedor amarillo).
Papel y cartón (contenedor azul).
Lavado mensual (invierno) o quincenal (verano) de contenedores.
Recogida de muebles y enseres. (*)
Recogida de residuos eléctricos y electrónicos. (*)
Recogida de pilas y baterías de portátiles usadas. (*)

En todos los casos, la tasa incluye los impuestos de la Junta de Extremadura de Tratamiento de Residuos en Ecoparques (creado en diciembre de 2003) y Eliminación de Residuos en Vertederos (creado en junio de 2012), que suponen el 30% del precio final.

(*) Consulte en el Ayuntamiento la forma de gestión de este tipo de servicio en su localidad.

¿Qué es el Impuesto sobre la Eliminación de Residuos en Vertedero?

Es un impuesto de la Junta de Extremadura (Ley 8/2016, de 12 de diciembre, de medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura) que tiene por finalidad fomentar el reciclado y la valorización de los residuos, así como disminuir los impactos sobre el medio ambiente derivados de su eliminación en vertedero.

PROMEDIO actúa simplemente como mero intermediario en el cobro del impuesto para su posterior liquidación al gobierno autonómico. El importe es 12 euros + IVA (10%) por cada tonelada de residuos depositada en los Ecoparques.

¿Para qué sirve el Impuesto de Tratamiento de Residuos en Ecoparques?

Se trata de una tarifa de la Junta de Extremadura surgida de un convenio con la empresa pública GESPESA en diciembre de 2003 para la gestión del Plan Director de Gestión de Residuos Urbanos y el Tratamiento de Residuos en los Ecoparques. El importe establecido para cada habitante es 11,68 € + IVA (10%) para residuos domésticos municipales, procedentes de los municipios con recogida selectiva de residuos.

¿Debo darme de alta en el servicio?

Sí. Al igual que otros servicios municipales, como el suministro de agua, este servicio tendrá su propio padrón, por lo que es obligatorio que los abonados se den de alta para la prestación del servicio. PROMEDIO tomará como referencia un padrón facilitado por el Ayuntamiento para la emisión de los primeros recibos. En los ayuntamientos,web del OAROficinas del OAR y web de PROMEDIO existen un formulario de Alta del Servicio (Modelo PR301), que hay que cumplimentar según las indicaciones.

¿Tendré que seguir abonando alguna tasa al Ayuntamiento por la recogida de basura?

No. Las tasas provinciales de PROMEDIO sustituyen a aquellas tasas municipales derivadas de la prestación de los servicios relacionados con la recogida de residuos urbanos.

¿Cuáles son las tarifas a abonar por la recogida de residuos sólidos urbanos y qué servicios incluye cada una?

Pincha aquí para conocer las tasas.

¿Puedo elegir la tarifa?

No, las cuotas asignadas a cada tarifa es una cantidad fija por abonado en función del servicio de RSU establecido en cada municipio y la tipología del inmueble.

¿Cómo se cobra la tasa de RSU?

El cobro de esta tasa se realizará de forma trimestral por el Organismo Autónomo de Recaudación, por lo que las cantidades trimestrales serán las resultantes de dividir la tasa anual entre cuatro.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar el recibo?

Hasta la fecha límite de pago impreso en el mismo, que para el caso de los recibos de la Tasa de RSU es de dos meses.

¿Se puede dividir la tasa entre varios titulares?

No, no existe la posibilidad de dividir la tasa y las cuotas aplicadas tienen carácter irreducible.

¿Cómo puedo pagar el recibo?

Pincha aquí para conocer los detalles respecto al pago de los recibos.

¿Qué tipos de inmuebles pagan la tasa de RSU?

Todos los inmuebles catalogados como tal que reciban o puedan recibir el servicio.

¿Tengo que pagar tasa de recogida de basura por tener una cochera?

Sólo en el caso de que sea una cochera independiente de la vivienda.

Ceso la actividad de mi empresa en ese inmueble, ¿debo seguir abonando la tasa?

Sí. En el supuesto de bajas de actividades no domésticas dejará de devengarse ese epígrafe y comenzará a aplicarse el epígrafe nave-almacén al periodo de cobranza siguiente al de la fecha de cese de dicha actividad. El contribuyente solicitará el cambio de epígrafe mediante el modelo PR301 de PROMEDIO, disponible también en la web del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR), al que deberá adjuntarse documentación que acredite el cese de esa actividad o informe policial que acredite que en el inmueble tributario no se ejerce actividad económica y desde qué fecha.

¿Debo pagar la tasa aunque la vivienda esté deshabitada?

Sí. Es obligatorio el abono de esta tasa las viviendas habitadas de forma permanente, temporal o deshabitadas.

He vendido, comprado o alquilado mi inmueble y quiero cambiar el abonado del servicio de recogida de basura, ¿cómo lo hago?

Debe solicitar cambio de titularidad del servicio mediante el Modelo PR301 de Modificación de Datos del Padrón del Servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, disponible también en la web del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR), que podrá presentar en las oficinas centrales y comarcales del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR), registro oficial de Ayuntamientos y PROMEDIO, junto con los documentos que en él se especifiquen adjuntar. Serán registrados y remitidos por el consistorio al Organismo Autónomo de Recaudación para su comprobación y trámite. Las variaciones de los datos figurados en el padrón surtirán efecto a partir del período de cobranza siguiente al de la fecha en que se haya efectuado la declaración.

Hay un error en mi recibo. ¿A quién debo dirigirme?

Todos los asuntos relacionados con el cobro de recibos del Servicio Provincial de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos son tramitados por el Organismo Autónomo de Recaudación (OAR) de la Diputación de Badajoz. Se puede dirigir al teléfono 924 220 427 (debe pulsar el número 1 en la centralita), a las oficinas centrales y comarcales del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR) o realizar su trámite a través del Modelo PR302 de Sugerencias y Reclamaciones, disponible en la web de PROMEDIO, en la web del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR) y sus oficinas, y Ayuntamientos.

¿Cómo puedo domiciliar mi recibo?

Puede ordenar la domiciliación bancaria del recibo, por los siguientes medios:

En las distintas Oficinas Comarcales del OAR.
Mediante Modelo PR301 de PROMEDIO, disponigle también en la web del OAR.
En cualquiera de la entidades bancarias colaboradoras, al realizar el pago en ventanilla.
A través de la oficina virtual del OAR.

He detectado una incidencia con los contenedores o camiones propios del servicio, ¿cómo canalizo mi aviso o reclamación?

Todas las incidencias, reclamaciones o avisos se canalizarán a través del Modelo PR302 de Sugerencias y Reclamaciones, disponible en la web de PROMEDIO, en la web del OAR, en las oficinas centrales y comarcales del OAR y Ayuntamientos.

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